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FUNCIONES DEL ORGANO LEGISLATIVO


FUNCIONES LEGISLATIVAS

1.   Expedir, modificar, reformar o derogar los Códigos Nacionales.

2.   Expedir la Ley general de sueldos propuesta por el Órgano Ejecutivo.

3.   Aprobar o desaprobar, antes de su ratificación, los tratados y los convenios internacionales que celebre el Órgano Ejecutivo.

4.   Intervenir en la aprobación del Presupuesto del Estado, según lo establece el Título IX de esta Constitución.

5.   Declarar la guerra y facultar al Órgano Ejecutivo para asegurar y concertar la paz.

6.   Decretar amnistía por delitos políticos.








FUNCIONES JUDICIALES

Es función judicial de la Asamblea Nacional conocer de las

acusaciones o denuncias que se presenten contra el Presidente de la República y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y juzgarlos, si a ello diere lugar, por actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones en perjuicio del libre funcionamiento del poder público o violatorios de esta Constitución o las leyes.

FUNCIONES ADMINISTRATIVAS

1  Examinar las credenciales de sus propios miembros y decidir si han sido expedidas en la forma que prescribe la Ley.

2.   Admitir o rechazar la renuncia del Presidente y del Vicepresidente de la República.

3.   Conceder licencia al Presidente de la República cuando se la solicite, y autorizarlo para ausentarse del territorio nacional, conforme a lo dispuesto en esta Constitución.

4.   Aprobar o improbar los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Procurador General de la Nación, del  Procurador de la Administración y los demás que haga el Ejecutivo y que, por disposición de esta Constitución o la Ley, requieran la ratificación de la Asamblea Nacional. Los funcionarios que requieran ratificación no podrán tomar posesión de su cargo hasta tanto sean ratificados.

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